POSTULADOS BÁSICOS
Art. 001.-
La organización política denominada “Partido Demócrata Cristiano” o “Democracia Cristiana” es un Partido político de raigambre y vocación popular, de acción en el ámbito Nacional, fundado en los valores del Humanismo Cristiano y en la afirmación existencial de la Democracia como sistema político, constituido conforme a las prescripciones de la ley N° 18.603, Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos y regido por los presentes Estatutos y sus Reglamentos.
Se propone básicamente construir una sociedad libre, justa, participativa, solidaria y comunitaria, perfeccionando y profundizando la Democracia, de modo que se asegure el respeto integral y la plena vigencia de los Derechos Humanos.
Se propone básicamente construir una sociedad libre, justa, participativa, solidaria y comunitaria, perfeccionando y profundizando la Democracia, de modo que se asegure el respeto integral y la plena vigencia de los Derechos Humanos.
La Democracia Cristiana, adhiriendo a la tradición de la civilización cultural judeo cristiana, es, consecuentemente, un Partido abierto, tolerante y no confesional, que acoge sin distinción alguna a todos aquellos que comparten esa misma concepción de vida.
Art. 002.-
La Democracia Cristiana, en el esfuerzo de construcción de la sociedad destaca la primacía de lo humano por sobre los intereses materiales. Por ello, propugna una estructura económico social en que el valor del trabajo humano, fuente del capital, tenga un valor superior a éste; en que se ponga fin a los regímenes de antagonismo entre uno y otro; en que el o los modos de producción respeten y posibiliten el desarrollo integral de la persona, y donde el sistema de propiedad esté al servicio del hombre como trabajador.
Art.003.-
La Democracia Cristiana realiza su acción política por medios pacíficos y democráticos; rechaza las dictaduras y totalitarismos de cualquier tendencia; promueve la integración latinoamericana y un orden internacional en el que imperen la paz y la solidaridad mundial e impulsa la plena emancipación de los pueblos en desarrollo.
Art. 004.-
El Partido reconoce y respeta la diversidad de opiniones que puedan expresar libremente los Militantes en su quehacer político, en una marco de unidad y de identidad doctrinarias, con respeto a su Declaración de Principios e igualmente a las normas que regulan las funciones de sus órganos y los derechos y deberes de autoridades y Militantes.
Art. 005.-
El Partido estimula y respeta la libre participación de sus Militantes en las comunidades o cuerpos intermedios de la sociedad, en todo lo que concierne a sus intereses propios. Por lo mismo, no están subordinados al Partido, ni lo comprometen en su accionar dentro del ámbito natural de dichos cuerpos.
Sin perjuicio de los anterior, cada vez que acciones en dichos cuerpos puedan comprometer posiciones de orden político o ideológico, los Militantes deberán ajustar su conducta a la línea política el Partido, concertándose con los órganos competentes.
Art. 006.-
La estructura, acción y convivencia partidaria deberán reflejar, cabal y fraternalmente, los valores que el Partido postula para la comunidad Nacional.
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Nuestra Doctrina - Carlos A. Saavedra Martinez
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